DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL ANIMAL

sábado

A F I C H E 1

¿Sabías tú que los animales tienen derechos? ¿Quieres saber cuáles son?:

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS ANIMALES

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo Nº 1:

Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo Nº 2:

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo Nº 3:

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.

b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo Nº 4:

a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.

b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo Nº 5:

a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.

b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo Nº 6:

a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo Nº 7:

Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo Nº 8:

a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.

b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo Nº 9:

Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo Nº 10:

a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo Nº 11:
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un bíocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo Nº 12:

a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.

b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Artículo Nº 13:

a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.

b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo Nº 14:

a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.

b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
(DESDE EL 21 AL 23 DE SEPTIEMBRE SON LAS CELEBRACIONES QUE CONMEMORAN LOS DERECHOS DE NUESTROS HERMANOS MENORES. CELEBREMOS TAMBIÉN EN CHILE Y EN LATINOAMÉRICA).
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RODEO EN CHILE:
UN MALTRATO ANIMAL DISFRAZADO DE TRADICIÓN Y HASTA DEPORTE

LA IMAGEN SIGUIENTE HABLA POR SÍ SOLA:


Y TODAVÍA HAY VETERINARIOS QUE TIENEN EL DESCARO DE ASEGURAR QUE ESTOS POBRES ANIMALES NO SUFREN: ¿SERÍAN ELLOS CAPACES DE TOMAR EL LUGAR DEL ANIMAL EN UN RODEO?
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LOS ANIMALES MALTRATADOS EN LA SUPUESTA SOCIEDAD PROTECTORA DE ANIMALES:
¡¡QUÉ VERGÜENZA PARA CHILE!!

(QUE EN NINGÚN RINCÓN DEL PLANETA SE VUELVA A REPETIR)


ÉSTE ES UNO DE LOS CASOS MÁS HORRENDOS Y CRUELES CONOCIDOS EN CHILE EN MATERIA DE MALTRATO A LOS ANIMALES. ¡LO QUE HACE LA AMBICIÓN!
Y AL SEÑOR LUIS NAVARRO Y A SUS CÓMPLICES: ¿LOS DEJAN LIBRES ASÍ COMO ASÍ?
SI LOS JUECES DETERMINAN ESTO, ELLOS YA NO PARECEN HUMANOS.


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POR LA PRONTA ABOLICIÓN DE LAS CORRIDAS DE TOROS EN ESPAÑA



¿TODAVÍA PIENSAS QUE LAS CORRIDAS DE TORO SON ARTE Y CULTURA?
¿QUIERES SABER POR QUÉ LOS TOROS ENTRAN TAN BRAVOS AL CAMPO DE ARENA?

INFÓRMATE EN:

http://www.enbuenasmanos.com/articulos/muestra.asp?art=1135
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¿CÓMO PUEDES AYUDAR A LOS ANIMALES?





1_ Si tienes mascotas en tu hogar, trátalas con cariño: Tenles siempre agua fresca (cámbiasela todos los días) y por supuesto, dales de comer. Además, mantenlos en un lugar limpio y abrígalos en el invierno. Lo ideal es tenerles una casita bien fabricada, una cajita de cartón con frazadas o cojines viejos pero limpios, etc. También es tu deber tenerles cajitas sanitarias con arena.

2_ Preocúpate también de esterilizar a tus mascotas, mira que es preferible esterilizarlas a después abandonar a las crías que van a nacer (consulta en la municipalidad de tu comuna). Así además evitas que aumente la superpoblación de animales abandonados y maltratados.

3_ Pídele a tus padres que por favor, no te lleven al circo ni a los rodeos, que sólo son lugares de exhibición y crueldad donde torturan a los animales.

4_ Nunca compres productos que hayan sido testeados en animales. Por ejm.: Cosméticos, shampoos, cremas, aceites, etc., más bien compra productos que digan: “No testeados en animales”.

5_ Trata de adquirir hábitos de alimentación vegetariana y vegana, ya que así estarás dándole la espalda a la vida tan indigna en que viven los animales en los criaderos para después lucrarlos.



6_ Si sabes de alguien que está maltratando animales, realiza una denuncia en carabineros o contáctate con investigaciones (departamento del medio ambiente). Eso sí, ten presente a la hora de denunciar estos hechos el artículo de ley que protege a los animales en Chile, es la Ley 18.755 de Sanidad y Protección Animal, Código Sanitario, entre otras, destacando El artículo 291 que señala que:
El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a diez ingresos mínimos mensuales o sólo a esta última.
La pena de presidio menor en su grado mínimo contempla desde los 61 a 540 días, y las multas van desde los $75.000 a los $750.000 pesos aprox.
(Si tú no denuncias y callas cualquier delito de maltrato a los animales, tú eres tan culpable como el agresor).

7_ Si sales de paseo a la playa, a campos, bosques, etc., deja todo limpio: Recuerda que esos ecosistemas son los hogares de muchos animales, así que respetemos su hábitat. Por ningún motivo dejar colillas de cigarrillos ni jugar con fuego.

8_ Recuerda siempre que tú y quienes nos hacemos llamar “Raza Humana” sólo somos unos animales más y si piensas que somos superiores a los otros animales porque tenemos raciocinio, sólo reflexiona que con ese raciocinio los animales humanos hemos sido capaces de cometer los actos más crueles contra seres indefensos, no hemos sido capaces de alcanzar la Paz Mundial, hemos destruido considerablemente el medioambiente de nuestra querida Tierra…No somos tan superiores.
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